El tribunal determinó el actuar ilegal de la empresa por infringir normas municipales vigentes
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección interpuesto por un vecino y ordenó a la sociedad Casino del Mar S.A., operadora del Casino Viña del Mar, apagar todas las pantallas lumínicas ubicadas en la entrada principal y en el entorno del establecimiento entre la medianoche y las siete de la mañana.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada —integrada por las ministras Carolina Figueroa, Nancy Bluck y la abogada (i) Verónica Munilla— determinó “el actuar ilegal de la recurrida al contravenir disposiciones vigentes sobre la materia.”
Contexto Legal y Argumentos
El recurso fue presentado por el vecino Makluf, quien alegó la vulneración de sus derechos constitucionales a la integridad física y psíquica, así como a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. El tribunal sostuvo que, pese a que la situación afecta a varios residentes, los derechos invocados son de carácter personalísimo, por lo que la acción era procedente.
La empresa recurrida argumentó que contaba con patente comercial vigente y permisos de publicidad otorgados por la Municipalidad de Viña del Mar, además de la autorización de la Superintendencia de Casinos para operar el complejo. Sin embargo, el tribunal concluyó que en ninguno de los documentos se acreditaba la autorización para el funcionamiento de las pantallas lumínicas exteriores, ni los límites técnicos que estas deben respetar.
Resolución Judicial
El fallo dispone:
I.- Que el recurrido apague las pantallas lumínicas instaladas en su entrada principal, ubicada en Avenida San Martín N°199, comuna y ciudad de Viña del Mar, así como cualquier otra pantalla lumínica que opere hacia el exterior, durante el horario comprendido entre las 00:00 y las 07:00 horas.
II.- Que el recurrido instale, a su costa, barreras físicas, filtros o apantallamientos que impidan la proyección directa de luz hacia los inmuebles habitacionales colindantes.
La sentencia agrega que la legalidad de las pantallas no se evidencia en la documentación aportada, por lo que el tribunal resolvió que su funcionamiento vulnera los derechos de los vecinos afectados.
Imagen: Por Carlos yo – Trabajo propio, CC BY-SA 4.0,
https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=144849483














