Nuevo decreto indica que el IPJyC debe llamar a licitación, “en los próximos días”.
El martes 18, el Gobierno Provincial de Mendoza publico el decreto 1842, donde se instruye al Instituto Provincial de Juegos y Casinos (IPJyC), que preside la Dra. Ida López, ejecución de un proceso licitatorio relacionado con el rubro del juego online. Según un reporte del diario Los Andes, el Gobierno Provincial aún trabaja en la reglamentación del juego online, aunque la ley fue aprobada en octubre 20202
Desde el Poder Ejecutivo provincial han observado que el decreto publicado es solo “una parte de la reglamentación”, la cual se sigue reglamentando, y vera fruto cuando se llame a licitación, “en los próximos días”.
Específicamente, la legislación aprueba la oferta de “todos los juegos de azar, sorteos, rifas, apuestas, combinaciones aleatorias y en general todas aquellas actividades en las que estén en juego cantidades de dinero u objetos, económicamente evaluables sobre los resultados”.
Según los alcances de la ley, se ha dispuesto que el IPJyC podrá otorgar, “como mínimo 2 y como máximo 7 licencias a través del procedimiento de licitación pública, a la luz de los principios de publicidad, concurrencia, igualdad, transparencia y objetividad”. La ley también establece que las empresas deben tributar ante el gobierno provincial, y no pueden ofrecer crédito.
Es importante notar que la ley prevé el Registro de Títulos Habilitantes de Juego en Línea, tendrá carácter público y accesible, dependiente del Instituto Provincial de Juegos y Casinos, conteniendo información de las personas humanas o jurídicas que poseen licencia otorgada por la Autoridad de Aplicación para desarrollar y organizar la actividad del juego en línea en la Provincia de Mendoza y de aquellas que se encuentren autorizadas en otra provincia y hayan suscripto un convenio con la Autoridad de Aplicación.
En el campo del juego responsable, la ley indica que se deberá implementar un Registro de Jugadores del Juego en Línea regulado por la Autoridad de Aplicación. Dicho Registro deberá contener la siguiente información sobre todos los jugadores que participen de la actividad del juego en línea: nombre y apellido, el tipo y número de documento de identidad, edad, domicilio y cualquier otra información que se establezca en la reglamentación. Asimismo, los portales digitales autorizados deberán proporcionar información sobre Juego Responsable “que adviertan a los jugadores sobre los riesgos relacionados con el juego en línea y promuevan una conducta lúdica responsable”.
También la norma establece que, para poder participar en las actividades de juego en línea autorizadas, toda persona debe ser mayor de edad y deberá crear una cuenta de juego a través del portal digital habilitado a tal efecto, mediante la cual se debitará o acreditará las sumas apostadas o ganadas, así como todo otro costo o gasto debidamente autorizado. Cada cuenta deberá cumplir con los requisitos que se establecen en la ley.















